BOIB Núm 043/2026
Ordenanzas fiscales y urbanismo municipal Baleares
Resumen general
El BOIB del 2 de abril de 2026 recoge seis disposiciones de cinco ayuntamientos de Mallorca e Ibiza: modificaciones de ordenanzas fiscales y de precios públicos, ajustes presupuestarios y un estudio de detalle urbanístico. Las medidas afectan directamente al bolsillo de los vecinos de Búger, Campos, Sant Antoni de Portmany y Santa Eugènia, y permiten nuevas edificaciones en Cala Llenya (Santa Eulària des Riu). Destaca la subida del IBI en Búger y la formalización de cobros por servicios asistenciales en Campos sin ninguna bonificación prevista.
Efectos prácticos
- Los propietarios de inmuebles urbanos en Búger pagarán el IBI con el tipo fijado en el 0,59%, lo que puede suponer una subida respecto al tipo anterior si este era inferior.
- Las familias numerosas de Búger pueden solicitar una bonificación en el IBI de su vivienda habitual, pero deben presentar la solicitud antes del 30 de marzo de cada año y aportar documentación específica.
- Los vecinos de Campos que usen el servicio de comedor a domicilio pagarán 6,68 euros por día, y los que tengan teleasistencia abonarán entre 2,16 y 5,41 euros al mes, sin posibilidad de exención ni bonificación.
- Los usuarios del agua potable y el saneamiento en Sant Antoni de Portmany verán modificadas las tarifas que pagan por esos servicios según la nueva ordenanza aprobada definitivamente.
- El Ayuntamiento de Santa Eugènia redistribuye crédito en su presupuesto de 2026 y reconoce deudas de ejercicios anteriores, lo que puede afectar a proveedores o contratistas que tenían facturas pendientes de cobro.
- En Cala Llenya (Santa Eulària des Riu) se aprueba un estudio de detalle que permite reordenar los volúmenes edificables en una parcela concreta de la calle Es Daus 30, lo que puede afectar a vecinos colindantes en términos de altura, sombras o densidad edificatoria.
Disposiciones detectadas
Aprobación definitiva modificación ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles
El Ayuntamiento de Búger aprueba definitivamente la modificación de su ordenanza del IBI. Fija el tipo de gravamen para bienes urbanos en el 0,59% y para bienes rústicos en el 0,55%. Mantiene las bonificaciones obligatorias por ley y añade una bonificación voluntaria para familias numerosas sobre la cuota del IBI de su vivienda habitual, condicionada a que toda la familia esté empadronada en esa vivienda y a que se solicite antes del 30 de marzo de cada año con documentación acreditativa. El acuerdo provisional fue adoptado el 29 de enero de 2026 y no recibió alegaciones durante el período de exposición pública.
No se indica en el texto cuál era el tipo de gravamen anterior, por lo que no es posible determinar si el 0,59% urbano y el 0,55% rústico suponen una subida, bajada o mantenimiento respecto a la ordenanza precedente. La bonificación para familias numerosas puede ser una novedad o una continuación; el texto no lo aclara. El procedimiento de solicitud con plazo hasta el 30 de marzo impone una carga burocrática anual a las familias que quieran beneficiarse.
Aprobación del acuerdo regulador del precio público por la prestación de servicios asistenciales del Ayuntamiento de Campos
El Pleno del Ayuntamiento de Campos aprobó el 26 de marzo de 2026 el acuerdo que fija los precios públicos por los servicios asistenciales municipales de teleasistencia y comedor a domicilio. Las tarifas aprobadas son: comedor a domicilio (comida) a 6,68 euros por día; teleasistencia para el titular a 5,41 euros al mes; beneficiario con unidad de control remoto a 2,70 euros al mes; y beneficiario sin unidad de control remoto a 2,16 euros al mes. El acuerdo establece expresamente que no se aplicarán exenciones, bonificaciones ni reducciones de ningún tipo. El cobro se realizará en régimen de autoliquidación. Afecta principalmente a personas mayores o dependientes que utilizan estos servicios municipales.
El texto no menciona si existía una regulación anterior de estos precios públicos. Si se trata de una aprobación inicial, supone la formalización de un cobro que antes podía no existir o no estar regulado. La ausencia total de bonificaciones o exenciones es especialmente relevante para usuarios con bajos ingresos o en situación de dependencia, que son precisamente el perfil mayoritario de estos servicios. No se contempla ningún mecanismo de reducción por renta o situación socioeconómica.
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter no tributario derivada de la gestión del servicio público de abastecimiento de agua potable y saneamiento en Sant Antoni de Portmany
El Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany aprueba definitivamente la modificación de la ordenanza que regula las tarifas del servicio de agua potable y saneamiento en el municipio. Al tratarse de una prestación patrimonial de carácter no tributario, las tarifas no son técnicamente un impuesto sino el precio por un servicio público. La modificación afecta a todos los usuarios del servicio de agua y alcantarillado del municipio, tanto residentes como establecimientos comerciales y turísticos. El contenido detallado de las nuevas tarifas no está reproducido en el texto descargado.
El texto descargado no incluye el detalle de las nuevas tarifas ni las anteriores, por lo que no es posible cuantificar si las tarifas suben, bajan o se reorganizan. Lo que sí es claro es que se trata de una modificación, es decir, que algo cambia respecto a la ordenanza vigente hasta ahora. Los usuarios del agua en Sant Antoni de Portmany deberán consultar el texto íntegro para conocer el impacto económico concreto.
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito núm 1/2026
El Ayuntamiento de Santa Eugènia aprueba definitivamente la primera modificación de crédito de su presupuesto de 2026. Este tipo de expediente permite reasignar partidas presupuestarias dentro del presupuesto ya aprobado para atender necesidades no previstas o urgentes. El texto descargado no detalla las partidas concretas afectadas ni los importes. Se trata de una disposición de gestión interna presupuestaria con impacto indirecto en los servicios municipales que se financian o dejan de financiarse con esos créditos.
El texto no incluye el detalle de las partidas modificadas ni los importes, por lo que no es posible determinar qué servicios o inversiones se ven afectados. Es una disposición de carácter administrativo-presupuestario interno. Su impacto en la ciudadanía depende de qué partidas concretas se modifiquen, dato no disponible en el contenido descargado.
Aprobación definitiva del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos (expte. 2/2026)
El Ayuntamiento de Santa Eugènia aprueba definitivamente el reconocimiento extrajudicial de créditos número 2/2026. Este procedimiento sirve para reconocer y pagar deudas contraídas en ejercicios presupuestarios anteriores que no fueron debidamente imputadas al presupuesto en su momento, evitando así la vía judicial. Afecta principalmente a proveedores, contratistas o acreedores del ayuntamiento que tenían facturas o deudas pendientes de cobro de años anteriores. El texto descargado no detalla los importes ni los acreedores concretos.
No hay norma anterior que modificar; es un acto de gestión presupuestaria puntual. Supone el reconocimiento formal de deudas que el ayuntamiento ya tenía contraídas pero no había contabilizado correctamente. Para los acreedores afectados es una buena noticia porque formaliza el derecho al cobro. Para el presupuesto municipal implica una carga que debe absorberse en el ejercicio actual.
Aprobación definitiva del Estudio de Detalle para la ordenación de volúmenes edificables en la parcela situada en la C/Es Daus núm. 30, Cala Llenya, Sant Carles de Peralta
El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu aprueba definitivamente un Estudio de Detalle que reordena los volúmenes edificables en una parcela concreta situada en la calle Es Daus número 30, en la zona de Cala Llenya, en el núcleo de Sant Carles de Peralta. Un Estudio de Detalle es un instrumento urbanístico de escala reducida que permite ajustar la ordenación de volúmenes, alineaciones y rasantes dentro de los límites fijados por el planeamiento general, sin poder aumentar el aprovechamiento total. Afecta directamente al propietario de la parcela y puede tener efectos sobre los vecinos colindantes en términos de alturas, sombras, vistas o densidad edificatoria en esa zona de Ibiza.
El texto descargado no detalla cuál era la ordenación volumétrica anterior de la parcela ni en qué medida cambia la nueva. Al ser un Estudio de Detalle, no puede aumentar el aprovechamiento urbanístico total, pero sí puede redistribuir volúmenes de forma que afecte a las condiciones de habitabilidad o vistas de los inmuebles colindantes. Sin el contenido completo del documento no es posible valorar si la reordenación beneficia o perjudica al entorno inmediato.
Base del análisis
BOIB — Butlletí Oficial de les Illes Balears.
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Procesada en
lunes, 27 de abril de 2026, 11:59