BOIB Núm 112/2026
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Formación profesional y presupuestos municipales
La orden educativa crea una nueva vía de acceso a la formación profesional para personas sin titulación, lo que implica un cambio en los requisitos de admisión y una nueva carga burocrática para los centros que deben ofertar módulos obligatorios. La modificación presupuestaria municipal es una gestión de fondos internos para infraestructuras que no altera derechos ni libertades ciudadanas, sino que ejecuta una decisión de gasto ya adoptada.
Resumen general
Esta edición regula los cursos de preparación para acceder a la Formación Profesional en las Islas Baleares y aprueba un suplemento de crédito en el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu. La norma educativa establece nuevos requisitos de edad y criterios de admisión para personas sin titulación académica previa, mientras que la modificación presupuestaria destina fondos a infraestructuras deportivas y equipamientos. Ambas disposiciones tienen un alcance técnico y administrativo sin introducir restricciones directas a derechos fundamentales.
Efectos prácticos
- Los residentes en Baleares de 17 años podrán acceder a cursos preparatorios para Formación Profesional de grado medio aunque carezcan de titulación académica previa.
- Quienes tengan al menos 19 años podrán cursar las enseñanzas preparatorias específicas para acceder a ciclos formativos de grado superior sin cumplir los requisitos académicos habituales.
- Los centros públicos y, excepcionalmente, privados autorizados, deberán ofrecer obligatoriamente todos los módulos de la parte común y al menos dos de la parte específica de estos cursos.
- La admisión a los cursos con plazas limitadas priorizará a quienes hayan estado matriculados recientemente en estudios relacionados o hayan cursado anteriormente módulos del curso preparatorio.
- El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu destinará más de 1,2 millones de euros del remanente de tesorería a la compra de terrenos, equipos de comunicaciones y un nuevo campo de fútbol.
- La ejecución del gasto municipal se justifica en la imposibilidad de demorar la inversión a ejercicios posteriores y en la insuficiencia de crédito en el presupuesto vigente.
Disposiciones detectadas
Orden 25/2026, de 28 de agosto, del consejero de Educación y Universidades por la que se regulan los cursos de formación específicos preparatorios para acceder a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior en las Illes Balears
Esta orden regula el acceso, organización y currículum de los cursos de formación específicos preparatorios para personas que no cumplen los requisitos académicos de acceso directo a la Formación Profesional de grado medio (mayores de 17 años) y superior (mayores de 19 años). Establece que estos cursos no otorgan títulos académicos pero habilitan para el acceso a los ciclos formativos, determina los centros autorizados (preferentemente públicos de FP o adultos), la ratio de alumnos (10 a 30, con excepciones), y los criterios de prelación en la admisión en caso de exceso de solicitudes.
Se formaliza y regula una vía de acceso que la normativa estatal y autonómica anterior permitía pero no estaba desarrollada en detalle, introduciendo requisitos de edad específicos (17 y 19 años) y un orden de prelación para la admisión que prioriza a alumnos con estudios previos relacionados.
Aprobación definitiva del expediente n.º 18116/2026 de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente liquido de tesoreria
El Ayuntamiento aprueba definitivamente un suplemento de crédito por importe de 1.247.486,22 euros financiado con el remanente líquido de tesorería del ejercicio anterior. Los gastos se destinan a la compra de terrenos y construcciones (770.469,82 €), equipos de comunicaciones (218.975,63 €) y un nuevo campo de fútbol en Santa Eulalia (258.040,77 €), justificándose por la especificidad e inaplazabilidad del gasto.
Se incrementa el volumen de gasto ejecutable en el ejercicio actual en conceptos de inversión y equipamiento, modificando la estructura presupuestaria inicial mediante el uso de superávit de tesorería, sin que suponga un cambio normativo sino una ejecución financiera.
Base del análisis
BOIB — Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Procesada en
martes, 8 de septiembre de 2026, 14:13